Dando cumplimiento al señalamiento de la Ley de Seguros y Fianzas hacemos de su conocimiento que:
La contraprestación por Asesoría en la Intermediación de Seguros y/o Fianzas, está contemplada en la comisión pactada con las Instituciones de Seguros y/o Fianzas correspondientes, no debemos aceptar contraprestaciones adicionales. Solamente en caso e requerir cualquier otro servicio de Asesoría diferente al anterior. Este generará un cargo por honorarios adicionales.
Entregamos solamente recibos oficiales de las Instituciones de Seguros y/o Fianzas con las que intermediamos sus propios productos a cambio de los pagos de la prima correspondiente. Por ningun motivo entregamos recibos provisionales al contratar un Seguro y/o coberturas dentro del mismo.
Le pediremos siempre que verifique que sus datos personales y las coberturas, concuerden con la oferta que le hicimos y debemos presentar en los documentos oficiales de las instituciones de Seguros y/o Fianzas que intermediamos, los cuales están avalados por las autoridades correspondientes.
Al ser Agentes de Seguros persona física, no tenemos facultades para aceptar Riesgos y suscribir o modificar pólizas directamente. Estas acciones la realizaremos siempre a través de las Instituciones de Seguros y/o Fianzas que representamos.